Edición: Noviembre 17 de 2003

En esta Edición:

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA: “FUTURO DE LA ZONA LIBRE DE COLON FRENTE AL PROYECTO DE LEY DE HOWARD”

La AU convocó a Asamblea General Extraordinaria para tratar el futuro de la Zona Libre de Colón frente al Proyecto de Ley de Howard.

Los directivos de la AU explicaron a los presentes lo que el proyecto de Howard implica para la Zona Libre de Colón, señalando los principales artículos de la ley de Howard lesivos para nuestra zona franca y por los cuales la AU ha estado en pie de alerta, participado en reuniones en la sub-comisión de trabajo de la Comisión de Comercio de la Asamblea Legislativa designada para analizar el proyecto de ley.

Entre los principales aspectos lesivos están:

  1. “...Las personas naturales o jurídicas que se establezcan en el Área Panamá – Pacífico, PODRÁN REALIZAR TODO TIPO DE ACTIVIDADES, DE CUALQUIER ÍNDOLE,” (Incluyendo las de importación y de reexportación que se realizan en la Zona Libre de Colón”. (Art. 1)
  2. Esta Zona Especial puede triangular sus exportaciones a través de otra zona franca para evitar el pago de impuesto sobre la renta.
  3. El Área Económica Especial de Howard competirá con la Zona Libre de Colón, ya que las actividades que realice gozarán de Exoneración de todo tipo de Impuesto de Importación o de Exportación o Reexportación. (Art. 58)
  4. Se establece también la exoneración del ITBMS en Howard, pero en Zona Libre se paga, por lo cual se crea otra desventaja que amenaza la existencia de las empresas donde trabajan los colonenses. (Art. 58)
  5. También se exoneran de impuestos los Servicios Multimodales y Logísticos
  6. A la nueva zona libre se le exonera del pago del impuesto de llamadas telefónicas internacionales, impuesto que sí se paga en la Zona Libre de Colón.
  7. SE ESTABLECE EN HOWARD UN PUERTO LIBRE, condenando para siempre al olvido al Puerto Libre que siempre se le negó a los Colonenses. (Art. 60)
  8. Desde la Zona de Howard se podrán reexportar sin límites al territorio nacional las mercancías que haya importado, mientras que a las empresas de la Zona Libre de Colón se les limita a reexportar hasta un 40 %, estableciendo otra competencia desleal y peligrosa en contra no solo de nuestra Zona Franca, si no también de los productores nacionales. (Art. 66).

Finalmente, los miembros de la AU presentes en la Asamblea General Extraordinaria dieron su voto de confianza para que los directivos que se encuentran en frente de esta batalla puedan actuar contando con toda la aprobación de sus agremiados.


Asamblea General Extraordinaria realizada en la AU