Formas de establecer operaciones en la Zona Libre de Colón

CÓMO OPERAR EN ZONA LIBRE DE COLON

Toda persona natural o jurídica puede operar en la Zona Libre de Colón, no se exige licencia comercial ni capital mínimo de inversión. Se requiere las siguientes pruebas documentadas: Pacto Social, Referencias Bancarias y Comerciales. Además según Decreto Ley 18 de 1948 las sociedades que operan en la Zona Libre deben cumplir con los siguientes requisitos:

Emplear un mínimo de 5 trabajadores locales.

Reexportar un mínimo de 60% de mercancía importada.

Pagar alquiler dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes.

Reexportar el movimiento comercial de toda la mercancía que entra y sale de la Zona Libre en los formularios apropiados al momento de efectuar las operaciones.

Presentar a las autoridades competentes su declaración de renta anual.

FORMAS DE ESTABLECER OPERACIONES EN LA ZONA LIBRE

Existen cuatro(4) formas de establecer operaciones en la Zona Libre de Colón. A continuación detallamos:

  1. Contrato de Arrendamiento de lote.
  2. Contrato de Arrendamiento de Edificio.
  3. Contrato de Representación.
  4. Depósito Público.